Avala Cabildo remitir al Congreso caso de regidora
Por unanimidad, el pleno del
Ayuntamiento aprobó remitir al Congreso del Estado la solicitud presentada por
el Gobierno de la Ciudad, a fin de que esa soberanía determine lo conducente
respecto al caso de la regidora propietaria Angélica Valdez Mendoza, en apego a
lo establecido en la Ley de Gobierno y Administración Municipal para el Estado
de Sonora.
Durante la sesión, las y los
integrantes del Cabildo, entre ellos el alcalde Juan Gim Nogales y la síndica
municipal Edna Elinora Soto Gracia, votaron a favor de la propuesta para turnar
al Poder Legislativo estatal el acuerdo correspondiente, con base en las
disposiciones legales aplicables.
El secretario del
Ayuntamiento, Hipólito Sedano Ruiz, dio lectura al documento en el que se
expone la fundamentación y motivación jurídica de la solicitud, en relación con
la inasistencia al ejercicio de funciones por parte de la edil y su situación
jurídica actual, por lo que se consideró procedente remitir el asunto a la
autoridad competente para su valoración.
Entre los ordenamientos
invocados se encuentra el artículo 338 de la Ley de Gobierno y Administración
Municipal para el Estado de Sonora, que establece que corresponde a la
Legislatura local conocer y, en su caso, resolver sobre la suspensión o
revocación del mandato de integrantes de los ayuntamientos, cuando se
actualicen las causales previstas en la propia ley.
Sedano Ruiz señaló que se
trata de un asunto de carácter público que debe atenderse con responsabilidad
institucional, observando en todo momento los principios de legalidad,
transparencia y continuidad en el servicio público.
Asimismo, explicó que el marco
constitucional y legal vigente en el Estado de Sonora establece con claridad
que corresponde al Congreso del Estado llevar a cabo los procedimientos
relativos a la suspensión o revocación del mandato de integrantes de los cabildos,
cuando existan causas graves previstas en la normatividad aplicable.
De igual forma, se precisó que el artículo 19 de la Constitución Política del Estado de Sonora establece la suspensión de derechos y prerrogativas ciudadanas en los supuestos que determine la autoridad jurisdiccional competente, conforme al debido proceso y a las disposiciones legales vigentes.
También se destacó que el
artículo 338 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal para el Estado de
Sonora contempla, entre otras causales, la inasistencia al ejercicio de
funciones por un lapso de 15 días sin causa justificada, así como otros supuestos
legales cuya valoración corresponde exclusivamente a la Legislatura local.
Con esta determinación, el
Ayuntamiento de Nogales formaliza la remisión del caso ante la instancia
competente, para que sea el Congreso del Estado el que analice, sustancie y
resuelva conforme a derecho.
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